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Subvenciones año 2021 para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas de los sectores industria y servicios

A continuación se describen brevemente las características principales de esta línea de ayudas, aunque la información que se considerará oficial a todos los efectos será la publicada en la Resolución del 29 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas de los sectores industria y servicios para el año 2021, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo FEDER-Galicia 2014-2020 (Código IN417Y) (DOG de 18 de enero de 2021).


Inicio solicitud: Desde el 20 de enero de 2021 a las 9:00 h

Fin solicitud: 15 de octubre de 2021

Conceptos subvencionables

Proyectos de ahorro y eficiencia en el sector industrial o servicios que justifiquen un ahorro energético del 20 % del consumo energético inicial (40 % para actuaciones de iluminación y 5 % en el caso de actuaciones del proceso productivo del sector industrial). Deben alcanzar un ratio de ahorro energético anual de 0,4 kWh/€ de inversión elixible, que se reduce a 0,3 para medianas empresa y 0,2 para pequeñas.
La inversión mínima para que la actuación sea subvencionable debe ser de 10.000 euros.

Cada solicitud contendrá un único proyecto técnico que puede constar de una sola actuación o varias actuaciones homogéneas a ejecutar en el mismo emplazamiento. Cada empresa podrá presentar una o más solicitudes.

Beneficiarios

a) Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia, incluidos en el sector servicios e industria. A efectos de esta resolución se considera sector servicios las actividades incluidas en las secciones: G, H, I, J, L, M, N, O, P, Q, R, S, T ó U del CNAE 2009. Dentro del sector industrial serán subvencionables las empresas cuyo CNAE 2009 comience por la división de la 07 a 39, excluidas las que comiencen por la división 10.2 y 12.
b) Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía. Los centros de consumo en los que se actúe deben estar situados en Galicia y corresponder a empresas incluidas en el ámbito de aplicación indicado en el apartado anterior.

Período de actuaciones subvencionables

Se consideran actuaciones subvencionables las realizadas una vez efectuada la solicitud de ayuda y la fecha limite para ejecutar y justificar la inversión será el 15 de septiembre de 2022.

Cuantía máxima de la ayuda

La cuantía de la subvención será del 35 % del coste elegible de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas. Con carácter general la ayuda máxima por proyecto asciende a 500.000 €, si bien podría llegar hasta 1.000.000 € para proyectos que justifiquen elevados niveles de ahorro energético.

Presentación de solicitudes

La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario electrónico normalizado accesible desde la Sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, y en la página web del Inega, www.inega.gal. Junto con la solicitud se presentarán, anexadas, copias digitalizadas de la documentación complementaria.

Para poder hacer la presentación electrónica el solicitante o representante legal deberá poseer un NIF electrónico o cualquier otro certificado digital en vigor.

Plazo para la presentación de la solicitud

El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 20 de enero a las 9:00h y finaliza el 15 de octubre de 2021.